Cuando una comunidad contrata trabajos verticales, es habitual que el administrador o el técnico de la obra pidan el plan de seguridad y salud. Es un documento obligatorio en muchas obras y conviene saber qué es para no confundirlo con otros papeles.
Estudio, estudio básico y plan
- Estudio de seguridad y salud: lo redacta un técnico en la fase de proyecto, en las obras que lo exigen por su tamaño o riesgo. Analiza los riesgos de la obra y las medidas para evitarlos.
- Estudio básico de seguridad y salud: la versión simplificada para obras más pequeñas.
- Plan de seguridad y salud: lo elabora la empresa contratista a partir del estudio. Explica cómo va a trabajar en concreto: equipos, anclajes, procedimientos y medidas de emergencia.
La normativa de referencia es el Real Decreto 1627/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
Qué debe incluir para trabajos verticales
- Descripción de los trabajos y de las zonas de la fachada o el patio.
- Puntos de anclaje en la cubierta y cómo se comprueban.
- Sistema de doble cuerda: una de trabajo y otra de seguridad, cada una con su anclaje.
- Equipos de protección individual y su revisión.
- Formación de los operarios en trabajos verticales.
- Protección de la zona inferior: balizado de la acera o del patio para que nadie pase por debajo.
- Plan de rescate en caso de que un operario quede suspendido.
- Condiciones en las que se suspende el trabajo: viento, lluvia, tormenta.
Quién lo aprueba
El plan lo aprueba el coordinador de seguridad y salud durante la ejecución, cuando hay coordinador, o la dirección facultativa en los demás casos. En obras pequeñas de comunidades, el técnico que lleva la obra es quien lo revisa.
Qué pedir a la empresa
Pide que te entregue el plan o la evaluación de riesgos del trabajo, el seguro de responsabilidad civil en vigor y la formación de los operarios. Una empresa seria lo tiene preparado antes de empezar.
Más información: riesgos y medidas preventivas en trabajos verticales y precios de trabajos verticales.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el plan de seguridad en trabajos verticales?
En las obras de construcción a las que se aplica el Real Decreto 1627/1997, el contratista debe elaborar un plan de seguridad y salud a partir del estudio o estudio básico.
¿Quién redacta el plan de seguridad y salud?
La empresa contratista que va a ejecutar los trabajos.
¿Qué diferencia hay con el estudio de seguridad?
El estudio lo hace un técnico en el proyecto; el plan lo hace la empresa y explica cómo va a trabajar en esa obra concreta.
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